TRABAJO EN COMERCIO EXTERIOR
Trabajo en comercio exterior

Trabajo en comercio exterior

Presente y futuro de las exportaciones e importaciones de Colombia.

¿Tengo alguna solución de crédito?
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex han diseñado una solución de crédito preferencial, Buenaventura Importadores Adelante, orientada a brindar herramientas que permitan la recuperación de las empresas afectadas por las dificultades logísticas que ha sufrido el puerto de Buenaventura a raíz del paro nacional.

¿Cuál es el destino de los recursos?
Pagos a los puertos por almacenamiento, pagos a las navieras por la mora en la devolución de contenedores, y demás extra costos logísticos derivados de las afectaciones producidas por las dificultades logísticas que ha sufrido el puerto de Buenaventura a raíz del paro nacional.

Igualmente, los recursos del crédito se podrán utilizar para la sustitución de los pasivos de las empresas, facilitando su liquidez, siempre y cuando dicha sustitución deba realizarse o se haya realizado para subsanar las afectaciones derivadas del paro nacional.

Se excluyen de esta posibilidad tanto la sustitución de créditos de Bancóldex, como la de los pasivos con socios o accionistas.

¿Cuánto me pueden prestar y bajo qué condiciones?
Para microempresas: Hasta 100 millones de pesos.

Para pequeñas y medianas empresas: Hasta 400 millones de pesos.

Para grandes empresas: Hasta 1.500 millones de pesos.

Mecanismo crédito microfinanzas: Hasta 25 millones de pesos.

Los créditos tienen plazos hasta de 3 años con hasta 12 meses de Gracia.

¿Dónde busco más información?
Línea Buenaventura Importadores Adelante
 
¿Tengo alguna solución de crédito?
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex han diseñado una solución de crédito preferencial orientada a facilitar la financiación para la gestión de la calidad, en el marco de los procesos de internacionalización de las empresas colombianas.

¿Cuál es el destino de los recursos?
Costos y gastos de operación relacionados con la puesta en marcha de procesos para el aseguramiento de la calidad.

Estudios de mercado, estudios técnicos para demostrar seguridad, eficacia y/o calidad de producto, en el marco de procesos de gestión de calidad.

Capacitaciones y validaciones orientadas al cumplimiento de normas exigibles en procesos de certificación de calidad.

Los anteriores aplican cuando sean necesarios para la internacionalización de la empresa.

Todas las inversiones asociadas a la implementación de estándares de inocuidad y/o calidad que conlleven a la obtención de certificaciones requeridas para acceso o ampliación de mercados internacionales.

Las inversiones podrán incluir: compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones.

Se excluye la financiación de vehículos de transporte de pasajeros o carga que operen con gasolina o diésel.

¿Cuánto me pueden prestar y bajo qué condiciones?
Hasta 1500 millones de pesos.

Los créditos tienen un plazo de hasta 5 años y hasta 12 meses de periodo de gracia.

Tiene tres subcupos; mipymes, grandes empresas y microfinanzas.

¿Dónde busco más información?
Línea de Crédito Calidad para Exportar

 
¿En qué consiste el programa de las Fábricas de Internacionalización?
Es la iniciativa de Procolombia y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que busca incrementar las exportaciones no minero energéticas, fomentar la cultura exportadora y ampliar el tejido empresarial exportador.

¿Cómo funciona?
Fábricas de Internacionalización trabaja en seis líneas de servicio que abordan desde el diseño de nuevos modelos de negocio, de cara a la internacionalización y a la medida del empresario, hasta el servicio de consultoría para la creación o el fortalecimiento del área de comercio exterior.

También promoverá alianzas estratégicas entre las empresas, de manera que compartan costos y riesgos en el proceso de internacionalización. Además, se hará énfasis en lograr eficiencias en logística, entre otros beneficios.

La experiencia de empresas mentoras será aprovechada con el fin de que transfieran su conocimiento a otras firmas, con el fin de que no incurran en costos adicionales o errores que el mentor ya superó en el pasado. Así, la idea es aprovechar nuevos canales de comercialización, como el e-commerce, y la orientación a las empresas para su instalación en otros mercados.

¿Cómo puedo entrar al programa?
ProColombia, con el apoyo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, e iNNpulsa, abrieron una nueva convocatoria para 305 empresas de bienes para el programa Fábricas de Internacionalización.

¿Quiénes pueden participar de esta convocatoria?
La nueva convocatoria está dirigida a micro, pequeñas, medianas y grandes empresas que hayan exportado o no, que estén legalmente constituidas, ubicadas en todo el territorio nacional y que hagan parte de los sectores de agroalimentos, químicos y ciencias de la vida, metalmecánica y sistema moda, con bienes con potencial exportador para lograr internacionalizar su oferta.
 
Si bien la convocatoria está abierta para todos los departamentos del país, ProColombia ha detectado grandes oportunidades de aumentar el tejido empresarial exportador en regiones como Quindío, Risaralda, Caldas, Valle del Cauca, Santander, Norte de Santander, Huila, Tolima, Magdalena, Bolívar y Atlántico.

¿Dónde busco más información?
www.fabricasdeinternacionalizacion.com.co
 
¿Qué es “Bogotá Exporta +”?
Es una alianza entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Alcaldía Mayor de Bogotá para fortalecer la internacionalización de Bogotá. El propósito, que se adelanta con el apoyo de ProColombia, es impulsar acciones que fortalezcan y promuevan las exportaciones en 100 empresas de sectores estratégicos, incluyendo clústeres, así como la visibilidad y posicionamiento a través de la participación en eventos de escala internacional para otras 500 empresas.

¿Cómo funciona?
Bogotá Exporta + le permitirá a las empresas mejorar sus prácticas y procesos, a partir de la elaboración de un diagnóstico, de cara a su potencial capacidad de inserción en los mercados internacionales.

Lo anterior se logrará capacitando e implementando en las empresas mejores prácticas que permitan transformar su visión, para enfrentarse a potenciales compradores en el exterior.

¿Quiénes pueden participar?
Bogotá Exporta + está dirigido a empresas bogotanas, mipymes, con potencial exportador, o a exportadores ocasionales o esporádicos.

Las empresas preferiblemente deben desarrollar sus actividades dentro de los siguientes sectores: industrias creativas y culturales, bioeconomía, software y tecnología, industrias del movimiento, movilidad sostenible, moda, calzado, marroquinería, joyería y bisutería, muebles y maderas o agronegocios.
 
¿Dónde busco más información?
http://www.desarrolloeconomico.gov.co/sites/bogotaexportamas/
¿Cuáles son los ajustes para el informe de descargue e inconsistencias relativo a la carga que haya ingresado por los puertos del Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura? 
Los agentes de carga internacional que intervengan en la operación y deban informar a la Dian los datos relacionados con la carga efectivamente descargada, podrán, para cargas del 28 de abril al 16 de junio, presentar el informe de descargue dentro de los 10 días siguientes a la entrada en vigencia del Decreto 645 de 2021.
 
Si existen inconsistencias deberán reportarse previo a la salida de la carga y si hay sobrantes aplicará la legalización, sin pago de rescate. Por otra parte, las mercancías que lleguen de forma posterior a la entrada en vigencia del Decreto, deben presentar el informe de descargue en los cinco días siguientes a la finalización del mismo, tal como está en la norma general. Es importante resaltar que el trámite será documental.

¿Dónde busco más información?
Decreto 645 del 16 de junio de 2021
¿Qué ocurrió con los términos del informe anual de compras, importaciones y exportaciones?
Los términos se ampliaron hasta el 30 de mayo. El informe anual se deberá efectuar mediante oficio dirigido al Grupo de Sistemas Especiales de Importación-Exportación y Comercializadoras Internacionales de la Dirección de Comercio Exterior, suscrito por el representante legal, el contador público y el revisor fiscal.

¿Dónde busco más información?
Circular 005 de 2020, Dirección de Comercio Exterior

¿Qué pasa con los plazos para exportar que establece el Decreto 1165 de 2019?

Se suspende por el término de seis meses el cumplimiento de la obligación señalada en el numeral 6 del Artículo 69 del Decreto 1165 de 2019,  que establece  el deber de exportar las mercancías dentro de los seis meses siguientes a la fecha de expedición del correspondiente certificado al proveedor. También se suspende la aplicación de las sanciones establecidas por el incumplimiento de esta obligación
Decreto 645 del 16 de junio de 2021

¿En qué consiste el Plan Vallejo Express?
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, modernizó el Plan Vallejo (que tiene más de 50 años). Ahora se llama Plan Vallejo Exprés. El objetivo es impulsar las exportaciones de bienes y servicios no minero energéticos, así como la inversión, y poner un motor más al plan de reactivación de la economía.

¿Cuáles son las modificaciones con respecto a lo que venía rigiendo?
Las empresas que soliciten la aprobación o traslado a este instrumento ya no van a tener que esperar 30 días para evaluación y aprobación por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Ahora el proceso se hace en 15 días. Podrán hacer la solicitud de forma electrónica a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Se ajustaron los compromisos de exportación de los productos que se elaboren con los bienes de capital, los repuestos y las materias primas importados sin arancel y con un IVA diferido, al amparo del Plan Vallejo Exprés.

¿Cuáles son los nuevos compromisos de exportación?
Los empresarios amparados en el Plan Vallejo debían exportar el 100% de los bienes que se producían con la materia prima importada sin impuestos.

Ahora, dependiendo de la importación hecha (programa al que se haya acogido el empresario), pueden exportar solo una parte.

Existen tres programas:

  1. Si se importan materias primas, el compromiso de exportación es del 60% de los bienes producidos. El 40% restante se podrá comercializar en el mercado nacional. En ese momento el empresario deberá pagar los tributos aduaneros correspondientes.

  2. Si lo que importó fueron bienes de capital y repuestos, se cuenta con dos opciones de compromisos de exportación:

    • En la primera, se pasa de un compromiso de exportación del 70% al 50% de los bienes producidos, resultado de la utilización de la maquinaria y repuestos importados. 

    • En la segunda, el compromiso de exportación se establece de acuerdo con el cupo de importación de la maquinaria y repuestos, pasando de 1,5  a 1,2 veces sobre lo importado.

  3. Los exportadores de servicios tendrán un compromiso mínimo de exportación que corresponde ya no a 1,5 veces sino a una vez el valor FOB de los bienes importados. Además, los exportadores de servicios que aumenten empleos en un 10% frente a lo que registraron en diciembre de 2019 y los mantengan durante la vigencia del programa, tendrán un compromiso mínimo de exportación que corresponderá a 0,5 veces el valor FOB equivalente a los bienes importados.

¿Qué otras innovaciones se aprobaron para beneficio de las empresas de servicios?
Se pasó de  55 a 95 actividades de servicios que pueden acogerse al Plan Vallejo.
Entre las incluidas se encuentran:

  1. Industrias culturales.

  2. Actividades desarrolladas por establecimientos de educación de instituciones universitarias o de escuelas tecnológicas, educación de universidades, formación para el trabajo, enseñanza deportiva y recreativa y la enseñanza cultural.

  3. Salud, por ejemplo atención residencial medicalizada de tipo general.

  4. Turismo, especialmente los que prestan los parques temáticos, así como las actividades relacionadas con el alojamiento rural.

  5. Reparación de buques.

  6. Deportes.

  7. Ferroviarios.

  8. Actividades de transporte aéreo de carga y pasajeros.

  9. En servicios audiovisuales se incluyeron las actividades de posproducción, exhibición y edición.

También se amplió el ámbito de bienes que se pueden importar. Se pasó de cubrir 639 subpartidas arancelarias autorizadas para importar, a un total provisional de 1.194 subpartidas.

¿Hasta cuándo hay plazo para acogerse a los beneficios?
Los empresarios tendrán hasta marzo del 2022 para acogerse a este Plan Vallejo Exprés. 

¿Dónde puedo obtener más información?
Página web Mincit

¿Qué ocurre con los plazos para presentar el estudio de demostración del compromiso de exportación?
Los usuarios de Plan Vallejo que deban presentar el estudio de demostración del compromiso de exportación, en desarrollo de los programas de materias primas, bienes de capital, repuestos y exportación de servicios, tendrán seis meses más para exportar y presentar el cumplimiento del programa.

¿Qué ocurre con los plazos para la presentación de las declaraciones de importación en los programas de reposición de importación?
En los programas de reposición el plazo previsto en el artículo 9 del Decreto 285 de 2020 para la presentación de las declaraciones de importación por parte del usuario para aceptación por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se amplía por seis (6) meses.

¿Dónde puedo obtener más información?
Decreto 645 del 16 de junio de 2021
 

¿Si el espacio llega al tope, puedo trasladarla a otros lugares?
Sí, cuando se trate de mercancía que se encuentre en los puertos o almacenada en depósitos públicos y privados, consistente en carga a granel, carga sobredimensionada y vehículos, que haya ingresado al país a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de junio del 2020.

Podrá ser traslada a otros depósitos habilitados públicos o privados, o a un usuario de zona franca, bajo la responsabilidad del consignatario en el documento de transporte o del depósito que entrega o del que recibe, siempre y cuando no se encuentre vencido el término de almacenamiento.
Decreto 881 de 2020

¿Hay algún ajuste al informe de cumplimiento de actividades y compromisos?
Las zonas francas permanentes, zonas francas permanentes especiales,  usuarios operadores, usuarios industriales de bienes y/o servicios y usuarios comerciales presentarán un solo informe correspondiente al cumplimiento de actividades y compromisos a su cargo durante el período de enero a junio de 2020 hasta el treinta (30) de julio del mismo año.

¿Dónde puedo obtener más información?
Decreto 686 del 22 de mayo de 2020

 
¿Los puertos pueden seguir operando?
Si. Tanto los de servicio público como privado, pero exclusivamente para el transporte de carga.
 
¿Qué pasa con los términos?
Se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, como medida transitoria por motivos de salubridad pública.

¿En qué casos no rige la suspensión de términos?
En materia tributaria la suspensión de términos no incluye:
  1. El cumplimiento de las obligaciones de presentar y pagar las declaraciones dentro de los términos previstos por las disposiciones legales, reglamentarias vigentes.
  2. Los procesos de devoluciones y compensaciones que se soliciten a través del Servicio Informático Electrónico (SIE) de devoluciones y/o compensaciones y las solicitudes que se presenten a los buzones electrónicos autorizados por la entidad.
  3. Las facilidades de pago que se soliciten a través de los buzones electrónicos autorizados,
  4. La gestión de títulos de depósitos judiciales
  5. Las solicitudes de desembargos solicitados a través de los buzones electrónicos autorizados

En materia aduanera la suspensión de términos no incluye:

  1. Obligaciones relativas al aviso de arribo, al aviso de llegada, la presentación del manifiesto de carga y al informe de inconsistencias. 
  2. Las obligaciones del proceso de importación previstas en el capítulo 3 y 4 del Título 5 del Decreto 1165 de 2019, a excepción del término para la presentación de la declaración anticipada, el término de permanencia en el depósito, los términos de entrega de las mercancías.
  3. Los términos para presentar pagos consolidados de tributos aduaneros.
  4. Las obligaciones relativas a las zonas francas de que trata la Resolución 007 del 28 de enero de 020.

¿Dónde puedo obtener más información?
Resolución 030 de 2020 Dian

¿Qué pasa con la vigencia del reconocimiento?
Se amplía la vigencia de las figuras de UAP (Usuario Aduanero Permanente) y ALTEX (Usuario Altamente Exportador) hasta el 31 de mayo. Se podrá extender de manera automática mientras se mantenga la declaratoria de la emergencia sanitaria, con el requisito de renovar la póliza si esta se vence antes del 31 de mayo de 2020.

¿Dónde puedo obtener más información?
Decreto 436 de 2020
 

¿Qué medidas se han tomado con el fin de facilitar la adquisición, en otros países, de insumos de salud y bienes para el transporte?
El Decreto 410 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modifica el arancel de aduanas para la importación de 110 bienes necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus Covid-19. Reduce aranceles para productos básicos de salud que eviten la propagación; y para insumos y bienes de capital requeridos por el sector transporte. Todos estos productos tendrán un arancel del cero por ciento (0%) ad-Valorem por el término de 6 meses.
Decreto  410 de 2020

Mediante Decreto 463 de 2020 se modifica parcialmente el arancel de aduanas para la importación de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos químicos, artículos de higiene y aseo, insumos, equipos y materiales requeridos para el sector de agua y saneamiento básico. Reduce aranceles para la importación de 53 bienes. Para todos estos productos, se decreta un arancel del cero por ciento (0%) ad-Valorem por el término de 6 meses.
Decreto 463 de 2020

A partir del 25 de junio, la exigencia de la constitución de garantía prevista en el artículo 276 de la resolución 46 de 2019 para la importación por entrega urgente para los productos previstos en el decreto 463 de 2020 -medicamentos y materiales requeridos para el sector agua y saneamiento básico- se encuentra suspendida.
Decreto 881 de 2020
 
Mediante Decreto 523 de 2020 se suspende la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para maíz amarillo duro, sorgo, soya y torta de soya, y se establece un arancel 0% para estos productos. Estas medidas aplican hasta el 30 de junio de 2020.
Decreto 523 de 2020

Mediante Resolución 457 de 2020 se establece el mecanismo para priorizar la distribución y venta, al por mayor y al detal, de los productos señalados en los Decretos 462 y 463, así como la autorización para exportación de los productos restringidos por el Decreto 462 de 2020.
Resolución 0457 de 2020

¿Hay algún ajuste en las restricciones para tráfico postal y envíos urgentes?
Para permitir la ágil introducción de los bienes requeridos para la atención de la emergencia definidos por el Gobierno nacional, la importación bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes de los bienes relacionados en el Anexo 1 de la Resolución 457 del 2 de abril de 2020 de los ministerios de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo, o de las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, no estará sujeta a las condiciones y límites previsto en los numerales 1 y 3 del artículo 254 del Decreto 1165 de 2019.
Decreto 881 de 2020

¿Qué ocurre con la importación de vehículos automotores de servicio público o particular de pasajeros o de carga?
Dada la crisis económica generada del sector de  transporte público terrestre y de carga por la suspensión parcial de la movilidad en todo el territorio nacional, hasta el 31 de diciembre de 2021 aplicará una exención transitoria del Impuesto sobre las Ventas, IVA, en la importación de vehículos automotores de servicio público o particular de pasajeros o de vehículos automotores de servicio público o particular de transporte de carga.

¿Dónde puedo obtener más información?
Decreto Legislativo 789 del 4 de junio de 2020

¿Existe algún instrumento que agilice los procedimientos?
A través del comité de riesgos, se definió otorgar evaluación automática de los registros de importación que se presenten en la VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior) para pruebas COVID, una vez cuenten con vistos buenos por parte del INVIMA (Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos) y del ICA (Instituto Colombiano Agropecuario).
Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
 
¿Qué nuevas decisiones hay con relación a la importación de materias primas químicas que son insumos indispensables para la elaboración de medicamentos?
Materias primas para vitaminas, antibióticos, medicamentos, vacunas, insumos para cirugía, insumos para odontología, correspondientes a las partidas arancelarias 29.36, 29.41, 30.01, 30.02, 30.03, 30.04 Y 30.06, estarán excluidas del impuesto sobre las ventas –IVA, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria.

¿Dónde puedo obtener más información?
Decreto Legislativo 789 del 4 de junio de 2020

¿Tengo alguna prioridad en los trámites aduaneros?
Sí. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, dará trámite prioritario en el proceso de nacionalización a las importaciones de productos perecederos y a los insumos, medicamentos y equipos médicos en cumplimiento de los lineamientos del Memorando 000053 de 2020.

La instrucción igualmente incluye una directiva para que las seccionales prioricen la inspección documental sobre la física.
 
¿Hay restricciones vigentes para las exportaciones durante la emergencia?
Se restringen las exportaciones de 24 productos esenciales para el sector salud, tales como medicamentos, dispositivos médicos y materias primas.
Decreto 462 de 2020

La Resolución 445 de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo aclara las excepciones que aplican a la restricción de exportaciones: mercancía en tránsito, operaciones al amparo de Sistemas Especiales de Importación y Exportación, mercancía que ya se encuentran en puerto, aeropuerto, deposito autorizado, y situaciones jurídicas consolidadas, entre otros
Resolución 445 de 2020